Comparativo entre la ley 1952 de 2019 y la ley 734 del 2002 respecto a los tiempos procesales. ¿Cuál es más garantista?

dc.contributor.advisorMolina Hincapié, Sergio
dc.contributor.authorPérez de los Ríos, Miguel Ángel
dc.creator.degreeTrabajo de grado para optar al título de Especialista en Derecho Disciplinario
dc.date.accessioned2020-10-05T17:37:13Z
dc.date.available2020-10-05T17:37:13Z
dc.date.issued2019
dc.descriptionEl problema a dilucidar está en la comparación garantista de los procedimientos Verbal u Ordinario de una y otra Ley disciplinaria: ley 1952 de 2019 y ley 734 del 2002. Este estudio se centra en el asunto de los tiempos empleados por el Estado para resolver los procesos disciplinarios, teniendo en cuenta el principio de celeridad unido al de economía procesal en una y otra norma. Tenemos que la Constitución Política de 1991 incluido su Preámbulo, ‘’es norma de normas de obligatorio cumplimiento’’1. En la Constitución encontramos el artículo 1º, que hace referencia a la Dignidad Humana siendo una ´´Constitución Política que ha resultado ser realmente ejemplar: a diferencia de la de 1886, la del 91 se presentó, no como un ejercicio del poder soberano estatal, sino como una declaración de derechos y valores fundamentales; una respuesta a un asunto de beligerancia que estaba consumiendo al país, la fuente en la presente constitución es el poder del pueblo, de los asociados, de las personas, y es por eso que esta Constitución funda sus cimientos en la Dignidad Humana’’2, de acuerdo al artículo 1o: “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridades
dc.formatapplication/pdf
dc.format.extent21 páginas
dc.identifier.citationPérez de los Ríos, M. Á. (2019). Comparativo entre la ley 1952 de 2019 y la ley 734 del 2002 respecto a los tiempos procesales. ¿Cuál es más garantista? Universidad Santiago de Cali.
dc.identifier.urihttps://repositorio.usc.edu.co/handle/20.500.12421/4399
dc.language.isoeses
dc.publisherUniversidad Santiago de Calies
dc.publisher.facultyFacultad de Derecho
dc.publisher.programEspecialización en Derecho Disciplinario
dc.pubplace.cityCali
dc.pubplace.stateValle del Cauca
dc.rights.accesoAcceso Privado
dc.rights.ccReconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0)
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.source.institutionUniversidad Santiago de Cali
dc.source.repositoryRepositorio Institucional USC
dc.subjectProcesos Disciplinarioses
dc.subjectDerecho Disciplinarioes
dc.subjectAcción Disciplinariaes
dc.titleComparativo entre la ley 1952 de 2019 y la ley 734 del 2002 respecto a los tiempos procesales. ¿Cuál es más garantista?es
dc.typeThesises
dc.type.spaTrabajo de Grado

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