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Browsing by Author "Ausecha Santillana, Marcela"

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    Evolución legislativa de la actividad contractual e incidencia del estatuto anticorrupción
    (Universidad Santiago de Cali, 2017) Enriquez Benavides, Stephany; Ausecha Santillana, Marcela; Perea Bonilla, Hernel
    En el presente trabajo se abordaran los temas de gran relevancia al igual que los parámetros a los cuales debe ceñirse la actividad contractual con el Estado. La idea fundamental es manifestar que, a pesar de que hay un sinnúmero de reglas y definiciones legales, hay univocidad en relación a que son lineamientos, que deben tenerse en cuenta al momento de contratar. A efectos de la exposición se trabajara bajo el siguiente esquema temático: en un primer momento se presenta la definición de los conceptos y su desarrollo normativo, el cual se encuentra establecido en la ley 80 de 1993 y la ley 1150 del 2007 para finalmente hacer alusión a la influencia cardinal que han tenido con la Ley 1474 de 2011, Estatuto Anticorrupción. La facultad de contratación estatal, anteriormente se regía por el decreto 222 de 1983, este se caracterizaba por que trajo como consecuencias procesos contractuales engorrosos y demorados, sobre esto, Mendoza (1992) afirma: “su incoherencia conceptual dejó muchas de las figuras creadas sin aplicación práctica. Por otra parte, muchos aspectos se trataron en forma contradictoria, y otros han tenido una aplicación distinta, en la práctica, a la letra misma de la norma” (p.82)., fue por esto que se estableció la necesidad de un estatuto contractual más eficiente y es ahí cuando nace la ley 80 del 28 de Octubre de 1993, la cual se caracterizó por la desreglamentación, por ser una norma de principios que se aplica en el Sector Central Nacional y Descentralizado y puesto que con esta se instauran como modalidades de selección la licitación pública y la contratación directa. 3 Así mismo, La ley 80 pretendió establecer un régimen único de contratación, lo cual no fue posible puesto que siguen existiendo en nuestro ordenamiento regímenes especiales, algunos de ellos constituidos en la ley en mención, por ejemplo el régimen especial para las entidades estatales que prestan el servicio de telecomunicaciones y la exploración y explotación de los recursos naturales,establecidos en los Artículos 38 y 76 respectivamente, el Banco de la República, entre otros. A pesar de que la Ley 80 se caracterizó por ser norma de principios, la contratación directa se convirtió en la práctica como la regla general, atentando contra uno de los principios más importantes del ejercicio de la actividad contractual del Estado, el principio de selección objetiva de los contratistas; en vista de lo anterior y tras la entrada en vigencia de la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, fue reformado el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con el propósito de ajustarlo introduciendo medidas para la eficiencia y la transparencia, reduciendo las causales de contratación directa, fortaleciendo el Registro Único de Proponentes, implementando el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, autorizando el uso de subastas para la presentación de ofertas en licitaciones públicas, limitando los contratos inter administrativos y ocupándose de las modalidades de selección para que estas fueran concursales.

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