Perea Bonilla, HernelCajio López, Yised Jasbleydy2019-11-052019-11-052017ajio López, Y. J. (2017). Acto administrativo y la notificación electrónica. Universidad Santiago de Cali. Retrieved from https://usc.janium.net/janium-bin/detalle.pl?Id=20191105131823https://repositorio.usc.edu.co/handle/20.500.12421/2008La Administración tiene la atribución de proferir actos administrativos, los cuales son una manifestación unilateral de la voluntad que modifica o extingue derechos, permitiendo que la legalidad, es la que garantiza a los administrados dicho pronunciamiento se encuentre dentro del parámetros de la Constitución y la Ley. Es decir que, la voluntad emitida por la administración esta enmarcada a través del principio de publicidad, tal como lo estipula el artículo 3º numeral 9º de la Ley 1437 de 2011, precepto normativo que reglamenta la obligatoriedad que tiene la autoridad para comunicar, notificar y publicar sus actuaciones, a los administrados para que estas sean susceptibles de contradicción, lo que permite que sea la eficacia del acto administrativo. De lo que se desprende, que a través de la notificación la administración da aplicación al principio de publicidad, consagrado en el artículo 209 de la Constitución, respecto de los actos administrativos de carácter individual, garantizando uno de los contenidos del derecho fundamental al debido proceso. De igual forma, la correcta notificación de los actos administrativos ya sea por vía correo urbano, o electrónico no vulnera el derecho de contradicción, pues es por medio de él, es que los administrados pueden conocer las decisiones que fueran tomadas, es su caso particular.esPrincipio de publicidadActo administrativoNotificación ElectrónicaFunción públicaActo administrativo y la notificación electrónicaThesisAcceso AbiertoReconocimiento 4.0 Internacional (CC BY 4.0)